Tras la aprobación y publicación hace algunos meses en la gaceta oficial de las modificaciones y adición a los artículos 43 y 58 del Reglamento para el Ejercicio del Comercio, referentes a la regulación de establecimientos con renta de computadoras e internet, cybers y videojuegos, la Dirección General de Inspección y Reglamentos de Puerto Vallarta, que dirige Jorge Quintero Alvarado, informa que en los próximos días iniciarán los operativos de revisión a los negocios con dichas actividades comerciales con el fin de comprobar que se cumpla con los lineamientos marcados por la normativa municipal.
De esta forma los establecimientos conocidos como cybers o con renta de videojuegos, deberán cumplir con los siguientes puntos:
- Los propietarios y operadores de dichos negocios, deberán anunciar la prohibición de acceso a contenidos de violencia y pornografía para toda persona. Dichos anuncios serán en forma impresa y claramente visibles en el interior del establecimiento, en los gabinetes o muebles de soporte de cada equipo de cómputo, así como de forma electrónica en la página de inicio y/o en el escritorio de cada computadora.
- Se deberá instalar un sistema informático que impida la reproducción de material y el acceso a páginas con contenido sexual, pornográfico o con cualquier tipo de violencia.
- Los establecimientos deben ubicar un área de computadoras para uso exclusivo de menores de edad, con restricción de contenidos no aptos para su edad.
- El encargado de dichos establecimientos deberá ser una persona mayor de edad.
- El horario de funcionamiento de los videojuegos es de 9 de la mañana a 9 de la noche. En lo que respecta a los ciber, el tiempo de permanencia para los menores de edad es de 9 de la mañana a 9 de la noche; y para los adultos de las 9:00 a las 22:00 horas.
- No se deberá permitir la entrada a personas en notorio estado de ebriedad o ingiriendo bebidas alcohólicas, ni se permitirá la venta de cigarros en el lugar.
- Los establecimientos con renta de videojuegos deberán contar con el visto bueno del director de la escuela ubicada en el área aledaña al domicilio, en un radio mayor de 100 metros y menor de 200 metros, así como de la asociación de padres de familia de dicho centro educativo, esto en torno al tipo de videojuegos y el contenido de violencia que pudiera ofrecer el mismo.
En este último punto, será la Dirección General de Inspección y Reglamentos con el aval de la Procuraduría de la Defensa del Menor del DIF Municipal, la autoridad competente para determinar los videojuegos que por su contenido de violencia, no sean aptos para ofrecerse en este tipo de establecimientos.
El incumplimiento a estas medidas, derivará en las sanciones marcadas por los reglamentos municipales.