Con la finalidad de darle un mejor ordenamiento al municipio de Puerto Vallarta, el pleno del ayuntamiento, que preside Arturo Dávalos Peña, aprobó la publicación del Plan Parcial de Desarrollo Urbano en lo correspondiente al “Distrito Urbano 4” y “Distrito Urbano 10”, así como el Reglamento de Zonificación que contemplan el cuidado de la montaña de Puerto Vallarta y tienen el respaldo de los colegios de Arquitectos e Ingenieros, ecologistas y diversos sectores de la población.
“Estamos protegiendo la montaña, estos proyectos fueron hechos a través de consulta, ya fue aprobado por los colegios de arquitectos e ingenieros, por ecologistas y en ese sentido lo único que estamos haciendo es cuidar y proteger nuestra montaña. Este ayuntamiento se ha caracterizado por ser un cabildo abierto donde se escucha, se propone y se toman las decisiones en equipo y así hemos trabajado”, destacó el presidente municipal.
De igual manera los regidores de la comisión de Ordenamiento Territorial precisaron que la propuesta del reglamento de Zonificación ha sido vigilada y estudiada por varios sectores de la población y sobre todo por los técnicos, ya que este documento es un instrumento urbano que es primordial para normar la planeación urbana, el crecimiento ordenado de la ciudad y contemplar la normatividad respecto a la zona de la montaña para brindarle la protección necesaria.
En lo correspondiente al Distrito Urbano 10 el primer edil, Arturo Dávalos Peña, solicitó a Adriana Guzmán Jiménez jefa departamento de Instrumentos Urbanos de la Dirección de Planeación Urbana, explicara de manera general cuales eran algunos de los puntos más importantes que contempla este documento.
“Este distrito contemplaba en el Plan de Desarrollo Urbano de 1997 dentro del límite de centro de población un uso de suelo turístico de densidad mínima, posteriormente entró en vigor el plan del 2006 donde el uso de suelo viene por curva de nivel y la zona de área natural protegida se señalaba después de la cota 400. Por lo que este plan de Desarrollo lo que está haciendo es precisar que la cota máxima (altura de un punto sobre el nivel del mar o sobre otro plano de nivel) donde pueden tener todos los servicios, agua potable, drenaje, alcantarillado entre otros, es la 200 y a partir de ahí ya no se permite la urbanización, así se encuentre dentro de la zona urbana y en los límites de la población”, detalló la funcionaria municipal.
Mencionó que este distrito se caracteriza por tener predios que vienen a todo lo largo del límite del centro de población, de poniente hacia el oriente, por lo que algunos de ellos abarcan todo el ancho del distrito por lo que hay cotas muy abajo y muy arriba poniendo en riesgo la montaña. Por ello, con este Plan de Desarrollo Urbano marca la cota 200 como máximo para ser urbanizable y brindar la protección a la montaña.