Senado busca evitar manejo irresponsable de deuda pública

Con la finalidad de que los gobernantes de los tres órdenes de gobierno no contraten de manera irresponsable más deuda que afecte las finanzas públicas municipales, estatales y federales, fue presentado ante el pleno del Senado de la República el proyecto de decreto que reforma diversos artículos de la Ley General de Deuda Pública, de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

El Senador por Jalisco, José María Martínez Martínez, quien suscribió esta iniciativa, comentó que es el manejo irresponsable de las finanzas públicas lo que pone en riesgo la estabilidad de la federación, los estados y los municipios, pues éstos no cuentan con directrices adecuadas para el manejo de los recursos públicos.

“Esta iniciativa tiene como propósito desarrollar un esquema para evitar que la federación, los estados y los municipios continúen endeudándose de manera irresponsable”.

El documento presentado este día, propone que los límites de endeudamiento deben ser fijados al tomar en consideración la proporción que representan los desembolsos por el servicio de deuda respecto a la capacidad de inversión antes del financiamiento.

“De esta manera se evitará que se presente el caso de que una proporción alta o incluso la totalidad de la capacidad de inversión antes del financiamiento, se tenga que destinar a pagar interés y capital de los financiamientos contratados con anterioridad quedando la entidad deudora sin posibilidad de atender sus necesidades presentes.

Se propone que en la determinación de la capacidad de pago de las entidades federativas y municipios se observe que la deuda no exceda de la cuarta parte del monto total destinado a la inversión productiva asignada en el ejercicio fiscal inmediato anterior”.

Martínez Martínez, informó que se facultará a la Cámara de Senadores como órgano de representación de las entidades federativas para conocer y supervisar los procesos de contratación, refinanciamiento, reestructuración y modificación de las condiciones de la deuda, así como la emisión de bonos de deuda de los tres órdenes de gobierno incluyendo organismos autónomos, empresas y fideicomisos con participación pública.

“En tanto el Senado no emita su opinión, el gobierno federal, entidades federativas, municipios, empresas y fideicomisos con participación pública, incluyendo los organismos autónomos no podrán contratar deuda alguna”, dijo.

En ese mismo sentido dicha iniciativa, pretende la creación del Registro de Deuda Pública de las Entidades Federativas y Municipios en el que todos asienten la deuda pública partiendo de un concepto único de este instrumento, pues disipa la opacidad en las declaraciones de las Entidades Federativas y municipios respecto a los recursos obtenidos mediante el endeudamiento, de manera que tal registro sirva realmente como indicador para  medir la estabilidad de las finanzas públicas.

“Se propone que toda contratación, emisión de bonos, reestructuración y  refinanciamiento de deuda pública sea autorizada por las dos terceras partes de los integrantes de la legislatura local correspondiente”.

El Senador Jalisciense, expuso que los titulares de los gobiernos federal, de las entidades federativas y de los municipios, así como  los de las empresas y fideicomisos con participación pública, incluyendo los organismos autónomos deberán hacer del conocimiento del Senado de la República, una vez iniciado el proceso de contratación de deuda pública de toda la documentación suficiente y necesaria para llevar a cabo dicho proceso, así como del resultado del mismo, a efecto de que conozca a plenitud sobre los montos, condiciones de contratación y destino de los créditos contraídos.

Por último, dijo que también se contemplan reformas para establecer como causa de juicio político para los gobernadores de los Estados y los Diputados de las legislaturas locales el manejo indebido de la deuda pública; lo anterior, como un instrumento que evite que el manejo irresponsable de la deuda pública quede impune.

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