Gobierno impondrá orden en los mercados municipales

El gobierno municipal de Puerto Vallarta trabaja para impulsar una Ciudad Próspera, Funcional y Justa, por ello reformó el Reglamento para el ejercicio del Comercio, Funcionamiento de Giros de Prestación de Servicios, Tianguis, Eventos y Espectáculos, en lo relativo al Comercio Establecido en los Mercados Municipales, a fin de imponer orden en esos espacios.

 

El alcalde Arturo Dávalos Peña explicó que “necesitamos poner orden en los mercados municipales y también quitar tentaciones, porque ya se manejaba que iban a dar publicidad y otras cosas de tiempos compartidos. Con este candado estaremos quitándole tentaciones a quienes querían hacer de los mercados otro tipo de establecimientos o negocios”.

 

La iniciativa presentada por la regidora Susana Rodríguez Mejía, presidenta de la Comisión de Turismo y Desarrollo Económico, fue aprobada en forma unánime en la sesión de ayuntamiento celebrada el martes 30 de agosto y entrará en vigor cuando sea publicada en la Gaceta Municipal.

 

En el Capítulo II Del Comercio Establecido en los Mercados Municipales, en el Artículo 30, se establece que para obtener una concesión de local en esos espacios se requiere solicitarla a dicha comisión edilicia, anteriormente correspondía a la Comisión de Mercados, Comercios y Abastos, ya inexistente. Esa comisión también dictaminará las concesiones (Artículo 31) y tendrá facultad para revocarlas.

 

Para ejercer mayor control en el funcionamiento de los mercados, el concesionario deberá de acreditar ante la administración del establecimiento correspondiente que se encuentra al corriente de los pagos de los servicios contratados a empresas o entidades (Artículo 35), esto es, suministro de agua potable y energía eléctrica. Cuando no exhiba dichos comprobantes será materia de  amonestación y de no acreditar dos periodos consecutivos será causal de la pérdida de la concesión. (Artículo 38).

 

Una adición sustancial al reglamento en referencia establece que “estará prohibido el desarrollo, explotación o comercio de cualquier actividad distinta a la autorizada en el contrato original de concesión, debiendo el concesionario respetar absolutamente los lineamientos contenidos en su contrato original, así como toda la reglamentación correspondiente a su concesión y otros ordenamientos de imagen, identidad y conservación aplicables en el municipio”. Esto se establece en el Artículo 38, referente a las obligaciones y prohibiciones de los concesionarios de los locales.

 

“Esto quiere decir que ponemos un candado más donde se especifica que no puede haber ninguna otra actividad ni comercial ni de promoción turística u otra índole que no sea la que establece la concesión en su contrato, que es la venta de productos y alimentos dentro de los mercados municipales”, resaltó la regidora.

 

Asimismo, se reduce el plazo de 30 a 15 días para que el concesionario que ha abandonado el local informe los motivos del cierre, pues de no haber justificación se inicia el procedimiento de revocación.

 

El síndico municipal, Jorge Antonio Quintero Alvarado, apuntó que con esta reforma se busca beneficiar a los locatarios al darles certeza jurídica como concesionarios.

 

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