Se declara la legalidad y validez de la elección de diputaciones por el principio de representación proporcional

En sesión especial permanente, el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco declaró la legalidad y validez de la elección de diputaciones por el principio de representación proporcional del Proceso Electoral Concurrente 2017- 2018, mediante la cual se eligieron a las y los diputados que integrarán la sexagésima segunda legislatura del Congreso del Estado por este principio.

Tomando en consideración el total de curules por la vía de mayoría relativa, así como los asignados por el principio de representación proporcional, el Congreso quedó conformado de la siguiente manera:

Partido político Total Diputaciones
Partido Acción Nacional 8
Partido Revolucionario Institucional 4
Partido de la Revolución Democrática 2
Partido Verde Ecologista de México 1
Partido del Trabajo 1
Movimiento Ciudadano 14
Morena 8
Total 38

 

La asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional quedó de la siguiente manera:

NOMBRE LUGAR EN LISTA O DISTRITO PARTIDO
Claudia Murguía Torres 1 PAN
José Hernán Cortés Berumen 2 PAN
Mariana Fernández Ramírez 1 PRI
Héctor Pizano Ramos 2 PRI
J. Jesús Zúñiga Mendoza Distrito 18 * PRI
Sofía Berenice García Mosqueda 3 PRI

 

Rosa Angélica Fregoso Franco 1 PVEM
Martha Patricia Martínez Barba 1 MC
Salvador Caro Cabrera 2 MC
Jonadab Martínez García Distrito 11 * MC
Mara Nadiezhda Robles Villaseñor 3 MC

 

Ricardo Rodríguez Jiménez 4 MC
Norma Valenzuela Álvarez 1 MORENA
Ismael Espanta Tejeda 2 MORENA
Bruno Blancas Mercado Distrito 5 * MORENA
Érika Pérez García 3 MORENA
Oscar Arturo Herrera Estrada 4 MORENA
Oscar Nicolás García Lomelí Distrito 9 * MORENA

Esta sesión permanente abrió un receso y se reanudará este martes 10 de julio a las 11:00 horas para declarar la validez y legalidad de la elección de munícipes. Por esta razón, cabe informar que la sesión de la Comisión de Prerrogativas convocada para el día de mañana y en la que se presentaría el sexto informe de monitoreo de medios se pospondrá hasta nuevo aviso.

* Artículo 17. CEPSEJ, párrafo 1.

Los diputados que correspondan a cada partido conforme al principio de representación proporcional, serán asignados alternativamente, dos entre los candidatos registrados en la lista de representación proporcional y uno de los candidatos de cada partido político no electo bajo el principio de mayoría relativa que hayan obtenido los porcentajes mayores de votación válida distrital, iniciando por la más alta.

 

 

 

 

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