Aprueban tipificación como delito grave la desaparición forzada de personas

Este jueves el Pleno del Congreso de Jalisco aprobó la reforma al Código Penal del Estado que establece como delito la desaparición forzada de personas. Esta reforma fue propuesta por el diputado Clemente Castañeda Hoeflich de Movimiento Ciudadano en un primer momento, y posteriormente por el diputado Jaime Prieto Pérez del PRI.

Destacan como aportaciones del diputado Clemente Castañeda a esta reforma: 1) se estableció que cualquier integrante de los cuerpos de seguridad pública, de procuración de justicia o agente gubernamental de cualquier ámbito, puede cometer el delito de la desaparición forzada de personas. Y 2) serán igual responsables, aquellas personas o grupos de personas que actúen en nombre del Gobierno o con su apoyo, autorización o consentimiento, directo o indirecto.

Este es un avance muy importante en la legislación jalisciense para la procuración e impartición de justicia, porque la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Jalisco establece que los elementos operativos no serán considerados “servidores públicos”, ya que mantienen otra relación laboral en los términos de la fracción XIII del apartado B del artículo 123 de la Constitución Mexicana. En este sentido Jalisco supera la legislación federal en la materia.

Además de que se tipificó como delito grave, se especificó que no estará sujeto en ningún caso a las reglas de prescripción de los delitos, porque en los tratados internacionales en los que está suscrito México, este delito se considera de lesa humanidad.

Con estas reformas ahora Jalisco se coloca a la vanguardia para combatir manera amplia y contundente la desaparición forzada de personas, reducir las violaciones a los derechos humanos y salvaguardar la integridad y dignidad de las personas.

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